Tras haber especulado por años con subas de tarifas injustificadas que, desde 2005 a esta parte, suman más de 200% de incrementos, la empresa Cablevisión deberá devolver a sus más de 3 millones de clientes el dinero que cobró en exceso entre enero y marzo de este año. Así lo dispuso ayer una resolución (la Nº36) de la Secretaría de Comercio Interior según la cual el valor del abono básico mensual debe cobrarse $ 109, y la diferencia que haya superado ese monto “deberá ser restituida al usuario, en tres cuotas iguales y consecutivas, a partir de la factura del mes de abril”. Además, se obliga a la empresa a facturar los $ 109 para todos los contratos nuevos, sin excepción.
La sanción que aplicó Comercio Interior no es arbitraria: según el texto de la multa, Cablevisión violó el artículo 4º de la Ley de Defensa del Consumidor (24.240), “ya que no ha comunicado el monto surgido conforme a la fórmula indicada en dicha norma, cuyo resultado debía arrojar la suma a abonar mensualmente en concepto de abono básico”.
En pocas palabras, la empresa de Clarín nunca brindó información que justificara los constantes aumentos de tarifas, cuya última suba fue del 16% en febrero pasado.
De esta manera, apoyado en la potestad para controlar el precio del abono que le otorga la Resolución 50 (norma que fija pautas para calcular aumentos), Comercio Interior decidió volver atrás los valores y reintegrar lo mal facturado.
Al no tener los datos de facturación, inversiones y pautas de subas tarifarias, nunca aportados por la empresa, Comercio obtuvo los números de la Comisión Nacional de Valores (CNV), a partir de los cuales concluyó que las modificaciones tarifarias aplicadas en 2011 eran claramente excesivas. Si bien la sanción reciente de Comercio no alcanza a restituir los abusos tarifarios que se vienen dando desde fines de los ’90, es importante porque obliga a la cableoperadora a devolver una suma de dinero millonaria: hoy, Cablevisión cobra por el abono básico $ 145, y durante enero el costo del servicio (previo al último aumento) era de $ 126,80.
Si se tiene en cuenta este esquema, y el valor a respetar de $109, la compañía debería devolver por cliente $ 18 por la diferencia existente entre el nuevo valor y el cobrado en enero; y tendría que reintegrar $ 36 en febrero y $ 36 en marzo por las diferencias en esos períodos. De esta manera, y según especulan fuentes empresarias y entre las ONG de usuarios, con una plantilla de clientes que supera los 3 millones en todo el país, Cablevisión tendría que desembolsar algo más de $ 240 millones.
De todas maneras, la cifra es un estimado del total de abonos básicos mal cobrados, ya que la compañía nunca aportó datos de cuántos clientes Premium y digitales tienen.
La medida comunicada ayer –que regirá a partir del día en que se publique en el Boletín Oficial– sostiene en sus considerandos que “el Estado Nacional tiene a su cargo la implementación de políticas públicas con el objetivo de satisfacer necesidades sobre las cuales se sustentan derechos de raigambre constitucional”, y cita como ejemplo el artículo 42 de la Constitución, “que encomienda a las autoridades la tutela, defensa y protección de los derechos de los consumidores y usuarios de bienes y servicios”.
Cabe destacar que Cablevisión ya había sido “avisada” de que su procedimiento tarifario no estaba acorde a las leyes, y lo reconoce la propia compañía: en el Balance del Tercer Trimestre de 2010 elevado por el Grupo Clarín a la Bolsa de Buenos Aires, la compañía explica que el 22 de enero de 2010, Cablevisión ya había sido notificada por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) respecto de la realización de “prácticas colusivas” y, en particular, “de aumentar el precio de los abonos”.
La situación –según el Balance de Clarín– se repitió el 2 de febrero de 2010, cuando la CNDC le solicitó que devolviera el dinero mal cobrado. Medida que quedó congelada por una cautelar de la Cámara Nacional de Apelaciones en los Civil y Comercial Federal, a pedido de Cablevisión.
Luego, el 3 de marzo, cuando se sancionó la Resolución 50 –que establece una forma de cálculo del aumento tarifario en base al nivel de inversiones, rentabilidad y cantidad de usuarios– volvió el pedido de controlar las tarifas.
En ese momento, y según el ejercicio del Grupo Clarín, la empresa consideró que la resolución es “arbitraria y desconoce en forma burda la libertad de contratar”. Ante este desacato a la norma, el día 1 de junio de 2010, la Secretaría de Comercio Interior le impuso a Cablevisión una multa de $ 5 millones por no haber informado sobre las razones de los aumentos.
En un marco político y económico nacional en el que se debate la rentabilidad de las empresas y el nivel de especulación con los precios, las ganancias de Cablevisión son aun más escandalosas si se considera que en tan sólo cinco años, la tarifa básica aumentó más del 200%, pasando de costar $ 47,11 a los actuales $ 145. Por todo esto, Cablevisión obtiene una rentabilidad superior al 4000% por cliente (Ver Las pymes…).
Además, si se mide el servicio por precio contra el resto de los servicios esenciales, sigue siendo escandalosamente más oneroso que un bimestre de agua, luz, gas y hasta teléfono fijo.
Aunque se espera que en las próximas horas Cablevisión apele la resolución del gobierno, este freno a los aumentos es una señal clave de que desde el ámbito oficial se empezará a monitorear el nivel de incremento de precios.
Comentarios (47) | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
IMPORTANTE: Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de las sanciones legales que correspondan. Aquel usuario que incluya en sus mensajes algún comentario violatorio del reglamento será eliminado e inhabilitado para volver a comentar. |